Colombia es el cuarto país de Latinoamérica en el que el matrimonio civil homosexual es posible. El 28 de abril de 2016 la Corte Constitucional de Colombia reafirmó los derechos de personas LGBTIQ al confirmar la validez del matrimonio entre personas del mismo sexo.

En esta foto de noviembre de 2015, activistas homosexuales colombianos celebran un fallo que permite a parejas del mismo sexo adoptar. El 7 de abril de 2016, la Corte Constitucional también aprobó el matrimonio igualitario en el país.

Foto: Fernando Vergara/Associated Press

A continuación te mencionamos cuáles son los requisitos:

Para casarse en Colombia se necesita en primer lugar ser colombiano o extranjero con residencia de más de 6 meses en el paí­s y adicionalmente presentar ante una Notarí­a o Juzgado civil municipal, una solicitud de matrimonio en la que se señale:

  • El nombre completo de las personas que conforman la pareja
  • Los documentos de identidad de la pareja
  • El lugar de nacimiento
  • Edad
  • Ocupación
  • Domicilio o lugar de residencia de los contrayentes
  • Indicar si tienen hijos mayores o menores de edad
  • Afirmar que no tienen impedimento legal para contraer matrimonio
  • Que es su libre y espontánea voluntad hacerlo

La solicitud debe ser firmada por ambos miembros de la pareja (lesbianas o gays) y en caso de que una de las dos personas no pueda estar, le puede dejar el poder a otra persona para que firme por ella la solicitud o incluso que exprese su consentimiento el dí­a del matrimonio por ella (esto es lo que se conoce como matrimonio por poder).

  • Copia auténtica del registro civil de nacimiento de las o los contrayentes con vigencia no mayor a 3 meses, con nota de válido para matrimonio o como prueba de registro civil.

Si una persona o las dos son extranjeras, el registro civil debe ser apostillado  o legalizado, y adicionalmente, es necesaria una certificación de solterí­a emitida por la autoridad que cada paí­s señale.

Si estos documentos están en un idioma diferente del español, deben ser traducidos y no pueden tener vigencia mayor de 3 meses.

Tenga presente que todos los documentos emitidos en el exterior para que sean válidos en Colombia deben ser apostillados o legalizados en el paí­s que se expiden.

  • Fotocopia de la cédula de ciudadaní­a y/o documento de identificación (pasaporte en caso de extranjeros).
  • En el caso de la existencia de hijos debe aportar el registro civil de nacimiento de éstos y si son menores de edad, es necesario previamente realizar un inventario solemne de bienes.

El inventario de bienes es un trámite sencillo que se puede realizar ante la Notarí­a que se va a realizar el matrimonio o a través de un Juzgado. Consiste en nombrar un abogado para que represente los intereses de los menores y firme a nombre de éstos la escritura pública de inventario de bienes. Debe hacerse siempre que existan menores de edad así­ tengan o no bienes a nombre de los niño o niñas y antes del matrimonio.

El matrimonio civil es un acto que pueden hacer directamente las parejas, no es necesario de un abogado para que les represente.

 

Fuente:

Página web: Colombia Diversa