En el proceso de integración de la población migrante y refugiada al sistema social y económico de Colombia, todavía persisten algunos obstáculos que impiden o retrasan el proceso de acceso a diferentes servicios, como por ejemplo, el sistema bancario. 

En este sentido, es importante que sepas que:

  • Los migrantes venezolanos en situación regular, refugiados y colombianos retornados sí pueden acceder al sistema financiero de Colombia
  • Los migrantes venezolanos pueden abrir cuentas bancarias y billeteras electrónicas con su PEP, PPT, cédula de extranjería o pasaporte (incluso vencido, si tiene sello de entrada)
  • Los colombianos retornados pueden abrir una cuenta bancaria con solo su cédula de ciudadanía
  • Hay alternativas no tradicionales de ahorro para los migrantes, refugiados y retornados

    Recuerda: El acceso a otros productos financieros, como créditos y seguros, requieren de historial crediticio como cualquier otro cliente, sin embargo, hay alternativas para crear un historial crediticio desde cero.

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¿Qué es un historial crediticio?

El historial crediticio es un informe que lleva el registro de tu comportamiento con todos los productos financieros o algún tipo de obligación con un establecimiento comercial que has solicitado, como por ejemplo un servicio de internet, de telefonía celular, etc. De esta forma, el banco puede observar estos datos, si tienes buenos hábitos de pago y evaluar si eres candidato para otorgarte un crédito.

 

¿Cuáles son los productos financieros disponibles?

1. Cuenta de ahorro: con este producto, puedes recibir dinero, ahorrarlo y utilizarlo cuando quieras, incluso, a través de una cuenta de ahorro se pueden pagar facturas, pagos de créditos, etc. Para abrir una cuenta de ahorro, los bancos piden un monto inicial y algunos cobran una cuota mensual por manejo de la cuenta, mientras que otros bancos no cobran dicha cuota.

 

2. Cuenta de ahorro programado: Es una cuenta de ahorro donde el usuario (una persona o grupo familiar) se compromete con el banco a depositar cierta cantidad de dinero por cuotas en un tiempo establecido.

El usuario no puede retirar dinero antes de culminar el plazo acordado; es entonces cuando el banco se compromete a pagar todo el dinero ahorrado junto con los intereses. Los ahorros programados generan hábitos de disciplina financiera y te ayudan a lograr una meta: comprar una casa, pagar estudios universitarios, generar capital para un emprendimiento, etc

 

3. Certificados de Depósitos a Términos (CDT): son productos de inversión de ahorro, donde el usuario deposita una suma de dinero por un plazo determinado, que va desde 30 a 360 días, y el usuario ya sabe cuánto dinero por intereses ganará según el monto depositado y el tiempo acordado con el banco. Durante ese tiempo, el usuario no puede tocar ese dinero, el cual está siendo invertido por el banco. Al final del término, el usuario puede retirar el monto total o parcialmente más los intereses generados, o incluso puede retirar solamente los intereses e iniciar un nuevo CDT.

 

Créditos

Es el producto financiero más difícil de acceder. El gran obstáculo que tienen los migrantes, refugiados y retornados al momento de solicitar un préstamo es que no cuentan con un historial crediticio.

Es recomendable abrir una cuenta de ahorro y mantener al día los pagos por mantenimiento de la cuenta. También puedes utilizar una billetera electrónica y aprovechar las promociones de crédito (pago a plazos) que ofrecen ciertos establecimientos comerciales en Colombia. De esta manera, irás creando un historial crediticio a tu favor.  

 

¿Qué hacer si un banco me niega un producto financiero?

Es importante que tengas a la mano los documentos legales que regulan la validez y vigencia de los permisos temporales existentes hasta el momento. Si tienes el PEP vencido, elartículo 38 del Estatuto Temporal de Protección (ETPV), indica que se extendió su vigencia hasta el 2023. En caso de ser necesario, puedes descargar el certificado de vigencia del PEP y presentarlo en el banco.

En el caso del PPT, la Resolución 0971 de 2021, artículo 14, parágrafo 1, expresa: “El Permiso por Protección Temporal (PPT), siendo un documento de identificación, es válido para que sus titulares (…) contraten o suscriban productos y/o servicios con entidades financieras sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera (…)”.

 

Si la negativa persiste por parte de la entidad bancaria,  el migrante venezolano con PEP, PPT o cédula de extranjería, puede notificar la situación ante la Superintendencia Financiera de Colombia

 

Fuentes:

Resolución 0971 DE 2021

Página web: Guía de orientación sobre inclusión financiera para refugiados y migrantes
provenientes de Venezuela

Página web: Colombia Check