Sin importar el cargo que desempeñes en una empresa, siempre se debe evaluar y prevenir cualquier accidente, enfermedad o lesión derivada del trabajo que realices.

De igual forma, tienes derecho a las prestaciones correspondientes, que pueden ser de tipo asistencial o económica, ante algún accidente o enfermedad laboral que ponga en riesgo tu salud, tanto física como psicológica.

Con el objetivo de ofrecer este apoyo, existen distintos actores clave que te brindan servicios de atención, desde la prevención y asesoría hasta la asistencia, en casos de riesgos laborales. A continuación te contamos más:

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Foto: Freepik

El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) es el conjunto de entidades públicas y privadas, (además de las normas y procedimientos), destinados a prevenir y atender los accidentes de trabajo o enfermedades que puedan ocurrirle a los trabajadores como consecuencia de las funciones que desarrollen.

 

Está conformado por:

 

1. Las entidades encargadas de administrar y supervisar el Sistema: El Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales, la Superintendencia Nacional de Salud y la Superintendencia Financiera de Colombia.

 

2. Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) privadas y públicas: Encargadas de asesorar y brindar asistencia técnica a las empresas para el desarrollo de los programas de prevención, y atención a los trabajadores que se accidenten o enfermen por causa de las labores que desempeñan.

 

3. Los trabajadores: Responsables de cuidar su salud y cumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo.

 

4. Los empleadores: Encargados de afiliar a sus trabajadores al Sistema, además de desarrollar programas de prevención y control de los riesgos laborales.

 

¿Quiénes deben afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales SGRL?

Según indica el Ministerio de Salud y Protección Social las, personas que deben afiliarse de manera obligatoria son:

  • Los trabajadores dependientes
  • Los jubilados o pensionados que se reincorporen como trabajadores dependientes
  • Los servidores públicos (se incluyen a los concejales y ediles)
  • Los vinculados con contrato de prestación de servicios con una duración superior a un mes
  • Los estudiantes que deben ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativos son requisito para la culminación de sus estudios
  • Los trabajadores independientes que laboran en actividades de alto riesgo
  • Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución
  • Los afiliados a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado
  • Los miembros activos del Subsistema Nacional de Primera Respuesta. (Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana, Cuerpos de Bomberos)
  • Los aprendices del Sena, fase práctica

¿Cuáles son las enfermedades y accidentes laborales más comunes?

Los accidentes de trabajo más comunes son:

  • Los relacionados con tránsito
  • Atrapamiento de extremidades en maquinarias que puede generar golpes
  • Cortadas y amputaciones de miembros superiores o inferiores
  • Las caídas, de altura o a nivel, que puede generar traumatismos

En Colombia:

  • Síndrome del túnel del carpo
  • Lumbago no especificado
  • la hipoacusia neurosensorial bilateral, que se refiere a una pérdida de la audición

Trabajo Remoto:

  • Riesgo ergonómico por las malas posturas
  •  Dolor de cuello,
  • Tensión en el hombro, tenosinovitis del antebrazo, síndrome del túnel carpiano y síndrome de Quervain; 
  • Por el riesgo psicosocial: estrés, depresión por las largas jornadas laborales, la permanente conexión, entre otros

¿ A qué tengo derecho si estoy afiliado/a al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)?

Todo trabajador que se encuentre afiliado, tiene derecho a distintas prestaciones asistenciales y económicas, al momento de sufrir un accidente o cuando le detectan una enfermedad causada en el cumplimiento de sus labores.

Las prestaciones asistenciales a las que tiene derecho son:

  • Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica
  • Servicios de hospitalización
  • Servicio odontológico
  • Suministro de medicamentos
  • Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento
  • Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación, o cuando por criterio de rehabilitación se recomienda.
  • Rehabilitación física y profesional
  • Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios

En cuanto a las prestaciones económicas, los trabajadores tienen derecho a:

  • Subsidio por incapacidad temporal
  • Indemnización por incapacidad permanente o parcial
  • Pensión de invalidez
  • Pensión de sobrevivientes
  • Auxilio funerario

¿Qué pasa si la persona que me contrata no me afilia al Sistema de riesgos laborales?

El empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Laborales, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones económicas y asistenciales a que haya lugar.

 

Fuentes:

Página web: Canal Institucional

Página web: ARL SURA