En Colombia, a partir del año 2022 (Sentencia C-055) se despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación. Eso quiere decir que puedes ejercer tu derecho de acceso a servicios de aborto libre, legal y seguro sin justificar tus motivos ni el cumplimiento de ningún tipo de requisito o condición.

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Foto: Freepik

Sin embargo, si tu embarazo supera las 24 semanas de gestación, la normatividad vigente te permitirá acceder a una interrupción voluntaria del embarazo, únicamente si cumples alguna de las tres causales contempladas en la Sentencia C-355 de 2006.Las cuales son:

 

1. Peligro para la vida o la salud de la mujer: Debe ser certificada por un médico(a) o un psicólogo(a). El profesional certifica que existe esta probabilidad de daño, pero es la mujer quien decide el nivel de riesgo o peligro que está dispuesta a correr, es decir, hasta donde permitirá que la gestación altere su bienestar. 

2. Malformaciones del feto incompatibles con la vida: Un certificado médico expedido por un profesional de la salud. No se requiere que el médico sea especialista en fetología.

3. Acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto: Copia de la denuncia penal excepto
cuando se trate de:

  • Menor de 14 años, porque en estos casos se presume jurídicamente que la niña o adolescente fue víctima de algún tipo de violencia sexual.
  • Mujeres víctimas de violencia en el marco del conflicto armado, a quienes el artículo 23 de la ley 1719 de 2014 les da el derecho a obtener atención integral y gratuita en salud, independientemente de la existencia de denuncia penal.
 
En el lugar donde hayas presentado tu solicitud de Interrupción Voluntaria del Embarazo sea la EPS, IPS o los hospitales públicos no podrán: 
 
🚫Exigir el consentimiento o autorización de terceros para la interrupción legal y voluntaria del embarazo. 
 
🚫Someter a juntas, consejos médicos, solicitar auditorías, crear listas de espera y otros trámites innecesarios la decisión de aprobar o no un procedimiento de interrupción legal y voluntaria del embarazo.
 
🚫 Exigir requisitos adicionales a los señalados por la ley (como exámenes de Medicina Legal, la condena del agresor en los casos de violación, el permiso de la pareja, o de los padres, o una autorización judicial).
 
El médico que realice el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo deberá guardar el secreto profesional, por lo cual deberá mantener en silencio toda la información, protegiendo los derechos de intimidad y dignidad de la mujer. 
 
El lugar donde hayas decidido hacer el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo, deberá prestarle obligatoriamente asistencia psicológica antes y después del procedimiento, así mismo, deberán agendarle controles periódicos para determinar el estado de salud físico y mental después del aborto. 

 

 

Fuentes:

Página web:Ministerio de Justicia y Derecho

Página web: Abecé Interrupción voluntaria del embarazo, un derecho humano de las mujeres.