A continuación te presentamos las dudas frecuentes que existen sobre el ETPV:
1. ¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) y cómo se aplicará?
Es un mecanismo que brindará protección temporal a la población migrante venezolana, que va a permitir un proceso de regularización de todos los migrantes que se encuentren en Colombia.
Se aplicará en 3 fases:
- Se creará el Registro Único de Migrantes Venezolanos, para obtener información para su identificación y caracterización. Será de manera virtual
- Se hara un Registro Biométrico. Este proceso será presencial
- Se expedirá el Permiso por Protección Temporal (PPT)
2. ¿Qué se espera del ETPV?
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Brindar un registro de mayor estabilidad a más de 1 millón 800 mil venezolanos que se encuentran en Colombia
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Que los migrantes tengan una ruta de regularización con un registro claro de quiénes son: con nombre, apellido, edad, lugar de residencia, situación socioeconómica y registro biométrico.
- Otorgar un beneficio temporal de regularización a quienes cumplan los requisitos establecidos, a través del acceso a servicios y al mercado laboral
- Facilitar tránsito del Régimen de Protección Temporal al Régimen Migratorio Ordinario
3. ¿Quiénes aplican?
1. Migrantes en situación migratoria regular en Colombia que tengan alguno de estos documentos:
• Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP)
• Permiso Temporal de Permanencia (PTP)
• Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente
• Salvoconducto de Permanencia SC – 2 (Trámite de refugio)
2. Personas en situación migratoria irregular que se encuentren en Colombia al 31 de enero de 2021. Deben aportar pruebas sobre la fecha de ingreso antes de la entrada en vigencia del Estatuto.
3. Personas que ingresen a Colombia
• De manera regular por un puesto de control migratorio y sellen su pasaporte durante los primeros dos (2) años de vigencia del Estatuto.
4. ¿Cuál es la vigencia del nuevo estatuto?
Es de 10 años y el gobierno puede prorrogarlo o darlo por terminado anticipadamente.
5. ¿Cómo acceder a la protección?
Las personas deben inscribirse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos bajo régimen de protección temporal, mediante el cual se recaudará y actualizará información para la formulación y diseño de políticas públicas a través del Proyecto RIC (Registro, Identificación y Control) de Migración Colombia.
6. ¿Qué instancia del gobierno colombiano implementará el ETPV?
Será implementado por Migración Colombia
• Es obligatorio para los migrantes que cubre el Estatuto
• No tendrá fines sancionatorios
7. ¿Cuáles son los requisitos para el registro?
• Cumplir alguna de las condiciones para la aplicación del Estatuto
• Estar en Colombia
• Presentar documento de identidad vigente o vencido (Pasaporte, Cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia)
• Acta de nacimiento
• Declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia
• Autorizar la recolección de sus datos biográficos, demográficos y biométricos
8. ¿Habrá un documento que se entregará?
Sí. Se entregará un Permiso por Protección Temporal (PPT), que servirá como documento de identificación para los migrantes y refugiados venezolanos y contará con todos los elementos de seguridad.
9.¿Cuáles son las características del nuevo PPT?
Será un documento elaborado en policarbonato con los más altos estándares de seguridad. Impreso en láser y con tintas variables para mayor seguridad. Contará con elementos biométricos, huella y foto para validar la autenticidad del portador. También tendrá elementos en alto relieve, microtextos y nanotextos, código QR, zona de lectura mecánica donde se encuentran los datos biográficos del titular. Entre otros elementos que garantizarán la seguridad del mismo.
El PPT no puede tenerse de forma simultánea con ningún otro permiso (PEP, PEPFF) o visa. Será expedido por Migración Colombia
10. ¿Qué necesitaré para obtener este documento?
• Estar inscrito en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV)
• No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso
• No tener en curso investigaciones administrativas migratorias
• No tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente
• No tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia
11. ¿Cuáles son los beneficios de este estatuto?
Te permitirá permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especiales por el término de vigencia del Estatuto
Durante su vigencia podrás ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas las que se derivan de vinculación o contrato laboral
Este documento te acreditará permanencia en Colombia para acumulación del tiempo requerido para aplicar a una Visa de Residente, lo cual también aplica para titulares de PEP vigente a la fecha de entrada en vigor del estatuto
12. ¿Cuándo entrará en vigencia la protección?
El Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) correspondiente a la fase 1 del ETPV, finalizó el 28 de mayo de 2022 para aquellos migrantes que estuviesen en Colombia a corte del 31 de enero de 2021. Actualmente se encuentra abierto únicamente para las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Migrantes venezolanos que ingresaron a territorio colombiano de manera regular a través del respectivo Puesto de Control Migratorio (Sellando pasaporte) desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 24 de noviembre del 2023.
- Niños, niñas y adolescentes vinculados a un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD)
- Adolescentes y jóvenes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)
- Niños, niñas y adolescentes que se encuentren matriculados en una institución educativa en los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media.
13. ¿Hasta cuándo podré iniciar el registro virtual (RUMV)?
Hasta el 28 de mayo del 2022 si estabas en Colombia antes del 31 de enero de 202
14. ¿Se seguirá expidiendo el PEP y otros permisos?
No. No se expedirá ni prorrogará ningún PEP, ni otros permisos a partir de la entrada en vigencia del Estatuto
15. ¿Si tengo PEP podré acceder al PPT?
Sí, todos los titulares de PEP deben hacer tránsito al Permiso por Protección Temporal (PPT) y cumplir los requisitos anteriormente descritos.
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