Desde el 5 de mayo de 2021, los migrantes venezolanos en Colombia iniciaron el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) que corresponde a la fase 1 del Estatuto Temporal de Protección (ETPV).
Esta etapa estuvo habilitada hasta el 28 de mayo de 2022 para quienes estuviesen en el país en condición migratoria irregular. Estas personas debían presentar una prueba sumaria que certificara su estadía en Colombia antes del 31 de enero de 2021. En torno a este requisito han surgido innumerables dudas, aquí te respondemos algunas:
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Foto: Migración Colombia
1. ¿Qué necesito tener para registrarme en el Registro Único de Migrantes Venezolanos?
Para registrarte en el RUMV, necesitas:
- Estar en Colombia
- Conexión a internet
- Computador, celular o tablet
- Fotografía del documento de identidad (Cédula venezolana, pasaporte o acta de nacimiento)
- Prueba sumaria escaneada (En caso de estar en condición migratoria irregular)
- Correo electrónico (El que utilices con frecuencia)
- Fotografía fondo blanco (Formato JPG)
¡Recuerda! Es un procedimiento gratuito y no necesitas de intermediarios
2. ¿A qué página debo ingresar para hacer el registro?
Debes ingresar a https://www.migracioncolombia.gov.co/visibles para iniciar el registro virtual. En estos momentos, la primera etapa del Estatuto está habilitada únicamente para las siguientes personas:
- Venezolanos que hayan ingresado a Colombia de manera regular por un puesto de control migratorio desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 24 de noviembre de 2023.
- Niños, niñas y adolescentes vinculados a procesos de restablecimiento de derechos.
- Jóvenes vinculados al sistema de responsabilidad penal para adolescentes.
- Aquellos niños, niñas y adolescentes que se encuentren matriculados en una institución educativa en los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media.
3. ¿Hasta cuándo puedo registrarme en el RUMV?
Puedes inscribirte en el Registro Único de Migrantes Venezolanos hasta el 24 de noviembre de 2023 si formas parte de alguno de los grupos anteriormente descritos.
4. ¿A mi hijo menor de edad debo crearle cuenta de correo y contraseña?
No. Todo hijo menor de edad debe ser registrado con el usuario de su madre, padre o representante. En el sistema del registro habrá una opción en la que puedes incluir la información del menor.
5. Mis hijos no tienen cédula de identidad ¿cómo hago para registrarlos?
Puedes registrarlos con su partida de nacimiento venezolana, pasaporte o PEP si cuentan con este documento.
6. ¿Qué es una prueba sumaria?
Una prueba sumaria es un documento que permite demostrar que te encontrabas en Colombia antes del 31 de enero del 2021. Una prueba sumaria puede ser:
1. Documento expedido por una entidad pública colombiana, dentro del ejercicio de sus funciones.
2. Documento emitido por una persona jurídica, inscrita en Cámara de Comercio o sometida a supervisión de autoridad de vigilancia y control de nuestro país, suscrita por el representante legal.
3. Documento emitido por un nacional o persona que tenga Cédula de Extranjería expedida por Colombia. En este caso el documento deberá contener el nombre de quien lo suscribe, número de identificación y datos de contacto, para que Migración Colombia pueda hacer las verificaciones correspondientes.
Recuerda que en estos documentos se debe detallar: tu nombre completo y número de documento.
7. ¿El carné de migración me sirve como prueba sumaria?
No. La Tarjeta de Movilidad Fronteriza (conocido como carné fronterizo) no sirve por sí solo como prueba sumaria.
8. ¿La prueba sumaria se tendrá que escanear durante el Registro o llevarla cuando nos toque la cita presencial?
La prueba sumaria debes adjuntarla durante el registro virtual. Además, debes llevar el documento original cuando vayas a la cita presencial para el registro biométrico.
9. ¿En la primera fase te piden el tipo de sangre y su certificado?
No, no es cierto. El sistema no te va a solicitar tu tipo de sangre. De acuerdo a tu condición migratoria en Colombia, debes subir al sistema: 1 documento de identidad, una fotografía en fondo blanco y 1 prueba sumaria (esto solo si estás en condición migratoria irregular).
10. ¿Es cierto que el Registro será por número de cédula?
Falso. Este registro no es por número de cédula. Desde este 5 de mayo, tanto migrantes en condición regular como irregular, pueden iniciar su registro virtual por la página de Migración Colombia.
11. ¿La fotografía la puedo tomar desde mi celular?
Sí. Si la puedes tomar desde tu celular. Recuerda que debe ser en fondo blanco y tipo documento (hombros hacia arriba)
12. ¿Si tengo PEP debo anexar prueba sumaria?
No. No es necesario que adjuntes prueba sumaria, ya que estás en condición migratoria regular.
13. ¿Si solo tengo pasaporte venezolano, puedo identificarme con él?
Sí. El pasaporte venezolano (vigente o vencido) sirve como documento de identidad durante el Registro.
14. ¿Las personas que tienen doble nacionalidad deben hacer el Registro?
No. Las personas que tienen doble nacionalidad (colombiana y venezolana) no necesitan acceder al ETPV ni inscribirse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV)
15 ¿Los exámenes médicos prenatales sirven como prueba sumaria?
Sí. Sí sirven como prueba sumaria, siempre que en el documento aparezca tu nombre y apellido, tu número de documento de identidad y la fecha de expedición (que debe ser anterior al 31 de enero del 2021).
16. ¿El certificado de un curso del SENA, de una Caja de Compensación o de una Corporación me sirve como prueba sumaria?
Sí. El director de Migración Colombia ha dicho que es altamente probable que sirva. Otra alternativa es que solicites un certificado de estudios de ese curso realizado, que detalle la fecha del curso, que debe ser anterior al 31 de enero del 2021.
17. ¿Debo registrar a mis padres con mi mismo usuario?
No. Cada persona mayor de edad debe crear su propio usuario y hacer el registro de manera individual.
18. ¿Un menor de edad puede ser registrado por un tío / tía / abuela?
Cuando el cuidado del menor está a cargo de otra persona de la familia, esta persona debe adjuntar en el Preregistro el documento en original o copia donde se le otorgue el cuidado o la custodia legal del niño. Si no tiene este permiso, la persona debe informar las razones por las cuales no puede aportar dicho documento para que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia defina las acciones a seguir en el marco del interés superior del niño, niña o adolescente.
19. Hay personas que han ido a notarias para autenticar la prueba sumaria pero no les permiten firmar por no tener PEP o pasaporte, ¿Qué pueden hacer en este caso?
La persona natural colombiana o extranjera con cédula de extranjería debe visitar una notaría y tramitar una nota de presentación personal, esto no requiere que el migrante firme ningún documento.
20. Una factura de cualquier agencia de envio, ¿puede servir como prueba sumaria?
No, estos recibos no sirven como prueba sumaria.
21. ¿Cuántas pruebas sumarias debe presentar el migrante venezolano en el RUMV?
Con una prueba sumaria es suficiente, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos.
22. ¿A cada niño del núcleo familiar hay que presentarle una prueba sumaria?
Sí. Cada persona que vaya a realizar el registro RUMV, debe presentar su prueba sumaria.
23. Una persona natural colombiana, ¿a cuántos migrantes venezolanos puede ayudar a comprobar su estadía en Colombia?
No hay un límite. Al estar bajo la gravedad de juramento, si la persona está mintiendo será sujeto a sanciones penales.
24. ¿Qué puede hacer una madre soltera con 6 hijos para realizar el registro, si el sistema sólo le permitirá registrar a 4?
Por ser un caso atípico, debe solicitar ante Migración Colombia una "ampliación de usuario", ellos evaluarán la situación y se pondrán en contacto con ella.
25. ¿Un certificado de residencia emitido por la Junta de Acción Comunal me puede servir como prueba sumaria?
Sí, siempre y cuando la Junta de Acción Comunal esté debidamente constituida.
Fuentes: